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Enviado por editor el 24 June 2019

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Con la nueva Orden TMS/667/2019, de 5 de junio, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social  se ha creado el “Observatorio para la lucha contra el fraude de la Seguridad Social” un elemento esencial para garantizar la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social.

Dicha creación encuentra su razón de ser,  tanto en la necesidad de coordinar las actuaciones entre organismos e instituciones implicados en la lucha contra el fraude y delincuencia económica en el ámbito de la Seguridad Social, como en la recuperación de los recursos del sistema de la Seguridad Social que se pierden en la actualidad por el incumplimiento de las obligaciones en esa materia y por conductas irregulares. Además su objeto principal será el estudio y formulación de propuestas de actuación contra el fraude, la posterior evaluación de resultados, así como su difusión y sensibilización.

Este Observatorio será constituido como un órgano de participación y funcionará en pleno y en comisiones provinciales en cada dirección provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social rigiéndose su funcionamiento en las normas aplicables a los órganos colegiados de la Administración General del Estado.

Por otro lado, entre sus objetivos destacar, el impulso de acciones y mecanismos que mejoren la prevención, detección y corrección del fraude, proponer la realización de estudios y análisis de datos en el ámbito de la afiliación, cotización y recaudación, proponer actuaciones de control e inspectoras específicas, divulgar el resultado de las actuaciones realizadas y por ultimo elaborar un informe anual en el que se recoja la valoración-evaluación de la situación del fraude a la Seguridad Social.

En último lugar para la consecución de estos objetivos al Observatorio le corresponde desarrollar una serie de funciones:

  • Coordinación, impulso, planificación y lanzamiento de iniciativas dentro de su ámbito de actuación.

 

  • Análisis de aquellas actuaciones y comportamientos que pudieran revestir carácter fraudulento, que no estén incluidas en el plan anual de la Tesorería General de la Seguridad Social y la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.

 

  • Realización del seguimiento de las actuaciones emprendidas en resultados obtenidos y recursos invertidos con el fin de obtener información para la identificación de futuros objetivos y actuaciones.

 

  • Análisis de la normativa vigente

 

  • Y, divulgación de los resultados, tanto de la actuación conjunta de la Tesorería General de la Seguridad Social con el Organismo Estatal de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, como el de la actuación realizada por los actores del observatorio.

Para este nuevo Observatorio no se ha previsto ninguna dotación presupuestaria adicional, ya que se financiará con los recursos que actualmente tiene la Tesorería General de la Seguridad Social.